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Visas de INMIGRANTE  
Peticiones Familiares  
Peticiones Laborales  
Certificación Laboral  
Visas de NO INMIGRANTE  
  Visas B1/B2 Turismo
  Visa H-1B Trabajo
  VIsa L-1 Transferencias de ejecutivos entre compañías
  Visa E-1/E-2 Inversión
  Visa F-1/M-1 Estudiante
  Visa J-1 Intercambio
  Visa K-1/K-3 Prometidos, Esposos
  Visa O Habilidades extraordinarias
  Visa P Atletas, Entretenimiento
  Visa R Religiosas

VISAS DE INMIGRANTE

La visa de Inmigrante (“Green Card”) otorga a un extranjero el derecho de vivir, trabajar y viajar dentro o fuera de los Estados Unidos por el tiempo que desee. Además brinda la posibilidad de aplicar para la ciudadanía después de que se haya tenido la “Green Card” por un cierto periodo de tiempo.

Existen varias formas para adquirir la residencia Permanente (“Green Card”), las dos formas mas utilizadas son:

  1. Peticiones Familiares
  2. Peticiones laborales

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PETICIONES FAMILIARES

Cualquier persona que tenga un familiar cercano ya sea ciudadano americano o Residente permanente de los Estados Unidos, puede calificar para la obtención de la tarjeta de residente o la llamada “Green Card”

Dependiendo de la relación familiar las peticiones familiares se dividen en dos categorías principales:

  • Familiares inmediatos: Los familiares inmediatos, como su nombre lo indica, no tienen lista de espera, son elegibles para solicitar su ajuste de estatus inmediatamente.
  • Familiares con Preferencia: En esta categoría los aplicantes deben esperar a que inmigración trabaje en sus peticiones para así poder solicitar su ajuste de estatus.

QUIENES CALIFICAN COMO FAMILIARES INMEDIATOS:

  1. Esposo(a), de ciudadanos americanos. Esto incluye viudas(os) de ciudadanos americanos siempre y cuando hubiesen estado casados(as) con el ciudadano americano al menos por un termino de dos años y están aplicando por la Residencia dentro de los dos años de la muerte del ciudadano americano.
  2. Hijos(as) solteros, menores de 21 anos de un ciudadano americano.
  3. Padres del ciudadano americano siempre y cuando el ciudadano americano sea mayor de 21 años.
  4. Hijos adoptivos de ciudadanos americanos si fueran adoptados antes de los 16 años
  5. Hijastros o Padrastros de ciudadanos americanos, si la relación existiera antes de que el hijastro tuviera 18 años de edad

QUIENES CALIFICAN COMO FAMILIARES POR PREFERENCIA:

  • Primera Preferencia: Hijos (as) Solteros mayores de 21 anos de Padres Ciudadanos Americanos.
  • Segunda Preferencia 2A: Esposa (o) e Hijos menores de 21 anos de un Residente Permanente.
    Segunda Preferencia 2B: Hijos Solteros mayores de 21 anos de Residentes Permanentes.
  • Tercera Preferencia: Hijos (as) Casados de Ciudadanos Americanos.
  • Cuarta Preferencia: Hermanos (a) de un Ciudadano Americano.

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PETICIONES LABORALES

Esta petición de residencia se basa en la solicitud que un empleador americano hace ante el departamento de labor (DOL) y ante el Servicio de inmigración de los Estados Unidos (USCIS) con el fin de contratar a un trabajador extranjero para realizar labores que requieran de un profesional o de una persona con dos años de experiencia o entrenamiento para ejercerlas.

QUIENES CALIFICAN PARA APLICAR POR RESIDENCIA A TRAVES DEL EMPLEO:

  • Poseer una oferta de trabajo de un empleador americano
  • Poseer la debida educación y experiencia laboral para el trabajo para el cual se esta aplicando.
  • No existir un trabajador americano apto para desempeñar esta labor (esta regla no se aplica a las categorías de Green Card o de residencia basada en empleo en donde la certificación laboral es no requerida).

CATEGORIAS LABORALES:

La necesidad de obtener un certificación laboral para obtener residencia a través del empleo depende de la categoría laboral en al cual se este aplicando. Existen cinco categorías laborales:

Primera Preferencia: Trabajadores con prioridad (No Certificación Laboral requerida).

Esta categoría se encuentra dividida en tres subcategorías:

  • Personas con habilidades extraordinarias.
  •  Destacados profesores universitarios, científicos e investigadores
  •  Transferencia de altos ejecutivos de empresas multinacionales.

Segunda Preferencia: Profesionales con grados académicos avanzados o habilidades excepcionales (Certificación Laboral Requerida).

Tercera Preferencia: Profesionales, experimentados y sin experiencia. Extranjeros profesionales con título de licenciados; trabajadores peritos que realicen labores que requieran un mínimo de dos años de adiestramiento o experiencia y trabajadores sin adiestramiento. (Certificación Laboral Requerida)

Cuarta Preferencia: Trabajadores Religiosos y otras categorías especiales de inmigrantes. (No Certificación Laboral requerida).

Quinta Preferencia: Para inversionistas interesados en hacer una inversión sustancial en Estados Unidos. La inversión normal debe ser de $ 1 millón de dólares la cual puede ser reducida a $ 500.000 dependiendo de la tasa de desempleo o clasificación de la zona en donde la compañía funcionara; Deberá generarse empleo como mínimo a diez personas. (No Certificación Laboral Requerida).

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CERTIFICACION LABORAL (PERM)

La Certificación Laboral es el proceso comúnmente usado para obtener la Residencia Permanente en Estados Unidos a través de un empleo. Para obtener un Certificado de trabajo se requiere que un Empleador estadounidense demuestre al (DOL) que la posición que le ofrece al extranjero esta disponible y además que no existe  un trabajador Ciudadano o Residente Permanente de los EE.UU. calificado para ocupar dicha posición, una vez que el Departamento de Labor de los Estados Unidos (DOL) apruebe  la aplicación  el Empleador aplicaría al U.S Citizenship and Immigration Services (CIS) para Residencia  Permanente del Empleado Extranjero.

QUIENES PUEDEN APLICAR A LA CERTIFICACION LABORAL
Pueden ser profesionales o no profesionales, cocineros, empleadas domesticas, Constructores, ingenieros etc. cualquier persona con una profesión y experiencia.

REQUISITOS PARA EL EMPLEADOR (no pueden tener vínculos familiares)
El empleador tiene que tener una compañía con vigencia de un año, en el caso de Dueño de casa, debe ser ciudadano Americano, Residente Permanente o encontrarse en un estatus legal en el país.

Requerimientos para la Aplicación de Certificación Laboral.   

  1. Tiempo Completo: El empleador tiene que ofrecerle al trabajador extranjero tiempo completo no es permitido (medio tiempo).
  2. Trabajo Permanente: El empleador tiene que ofertar una posición permanente; las posiciones por temporadas no califican para un Certificación Laboral. (Las posiciones Temporales pudieran calificar para visas de trabajo no para Certificación Laboral Permanente)
  3. Requerimientos Razonables para el Trabajo: Un mínimo Grado Educacional o experiencia que requiera el trabajo especifico; El empleador tiene que establecer que nivel educacional y de experiencia tiene el posible empleado para desempeñar las funciones de la posición que ocuparía. Algunos inusuales trabajos requieren mostrar que son una Necesidad de Negocio.
  4. Salario Predeterminado: Esto significa que el Empleador tiene que ofrecer un salario promedio del área donde el empleo se esta ofertando y otros empleadores del área pagan a sus empleados en posiciones similares a trabajadores con la misma calificación. El salario predeterminado puede ser establecido por el Departament of Labor wage statistics o por un survey que reúna ciertos estrictos criterios de salario.

Que es un PERM?
PERM (Programa Electronic Review Management Proccess) es un Nuevo programa implementado por el Departamento de Labor (DOL) el cual realiza el proceso de Certificación Laboral de manera electrónica. Este nuevo sistema acorta dramáticamente el dicho proceso esto permite que la decisión tomada por el Departamento de Labor sea en menos tiempo. 

PROCESO DE RECLUTAMIENTO:
El Proceso de reclutamiento requiere que el empleador busque activamente y de Buena fe trabajadores donde oferte requisitos de trabajo razonables y realistas de acuerdo a cumplir las actividades mandatorias de reclutamiento no menos que 90 días antes de la fecha de someter el PERM.

  1. Es mandatario el anuncio de 2 domingos en el periódico de circulación general, además podría utilizarse la página del Internet del empleador, publicidad ya sea en Radio o Televisión, en las Páginas de Internet de otros empleadores, Negocios o organizaciones Profesionales, anuncios internos de oportunidades de trabajo anuncio en gaceta oficial o étnica.
  2. Se requiere el empleador ponga por 30 días una solicitud de trabajadores en la oficina local del servicio estatal de empleo.
  3. Anuncios Internos tales como, letreros con toda la información requerida por el DOL por un periodo de 10 días de negocios consecutivos.  Este Proceso de Certificación Laboral se establece en orden de estar seguro que se le ofreció a cada trabajador Estadounidense la oportunidad a aplicar a esta posición antes que a un trabajador extranjero.

Reporte de reclutamiento:
El empleador tiene que elaborar y firmar un reporte de reclutamiento. Una vez que dicho reclutamiento esta completado y los aplicantes han estado entrevistados y descalificados el empleador tiene que describir paso a paso el número de trabajadores estadounidenses que participaron y las razones por las cuales fueron rechazados. Los Nombres de los estadounidenses no requieren ser incluidos en este reporte, ahora el CO pudiera requerir los resumes de descalificación de los no aceptados. El empleador tiene que someter copias de todas las evidencias con la dicha aplicación.

DESCRIPCION DE RESPONSABILIDADES LABORALES

La necesidad del negocio pudiera ser mostrada por el empleador mostrando que los deberes y requerimientos son razonables y la relación con la ocupación para los trabajadores del negocio son esenciales para mejorar el negocio. Ahora es posible que la necesidad del negocio justifique ciertos requerimientos. Es por ello que las personas que hablen un idioma extranjero pudieran ser incluidos si la ocupación requiriera tales habilidades como traductores ya que la mayoría de los empleados, clientes, contratistas no pueden comunicarse efectivamente en Ingles.

Alternativamente los requerimientos de experiencia pudiera ser sustancialmente equivalente para requerimiento primario de una oportunidad de trabajo. Si el beneficiario esta preparado para el empleador y solo califica por su experiencia la Certificación podría ser denegada a menos que la aplicación pudiera ser una combinación de educación, entrenamiento y experiencia de esta manera seria aceptable. La experiencia con el empleador generalmente no podría ser incluida más alto de lo normal para el cargo a ocupar. El (DOL) no consideraría ninguna educación o entrenamiento pagado por el empleador a menos que el empleador ofrezca similares entrenamiento para los trabajadores estadounidense. El ministerio del trabajo quiere asegurarse de que el empleador no rechace a trabajadores estadounidenses para así poderle otorgar el trabajo a un extranjero de su predilección.


Tiempo de procesamiento para certificación laboral:

http://www.USCIS.gov

NUESTRA OFICINA PUEDE ASISTIRLE COMPLETANDO SU APLICACION CONTACTENOS PARA EMPEZAR SU CASO Y IDENTIFICAR SU ELEGIBILIDAD PARA UNA CERTIFICACION LABORAL.

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VISAS DE NO INMIGRANTE

Una visa de no-inmigrante se expide a las personas con residencia permanente en el  exterior, que deseen visitar o radicarse temporalmente en los Estados Unidos ya sea a través de turismo, de tratamiento médico, negocios, estudio o trabajo temporal, con la intención de regresar a su país de origen cuando la visa haya expirado.

A continuación encontrara las diferentes clases de visas No-inmigrante:

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B1/B2: VISAS DE TURISMO Y NEGOCIO

VISA DE “VISITANTE”

La visa de "visitante" es una visa de no inmigrante para personas que deseen ingresar a los EEUU temporalmente por razones de negocios (B1), o por placer o para recibir tratamiento médico (B2). Aquellas personas que planeen viajar a los EEUU por razones distintas, por ejemplo, estudiantes, trabajadores de temporada, periodistas, tripulantes, etc., deberán solicitar una visa de la categoría correspondiente. 

La mayoría de las veces estos dos tipos de visas se expiden conjuntamente para los extranjeros, lo cual les da la oportunidad de usarlas al mismo tiempo; Las Visas B1/B2 le permiten ingresar a los Estados Unidos por períodos de hasta 30 días, sin perjuicio del período de expiración de la visa. En algunos casos es posible solicitar una estadía más larga (hasta por 6 meses). 

De conformidad con las leyes migratorias de los EEUU, se pueden realizar ciertos tipos de actividades laborales no remuneradas usando la visa ordinaria de turismo y negocios (B1/B2). Entre estas actividades se incluyen las de asistir a reuniones de negocios, comprar propiedades, negociar y firmar contratos, hacer pedidos de compras, completar encuestas de mercadeo, asistir a conferencias o cursos de corta duración y comprar equipo, etc.

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VISA H-1B

VISA TEMPORAL DE TRABAJO PARA PROFESIONALES Y TRABAJADORES EN OCUPACIONES ESPECIALES

Visas para profesionales o personas con experiencia equivalente en “ocupaciones especializadas” que posean una oferta de trabajo por parte de una compañía en Estados Unidos.

Cada año se expide un máximo de 65,000 visas H-1B. Este tipo de visa se expide por un período de hasta tres años, pero puede extenderse su validez y proveer una estancia máxima de seis años. El portador de una visa H1-B puede solicitar la Tarjeta de Residencia si una compañía determinada patrocina su solicitud.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD: 

  • El beneficiario debe venir a Estados Unidos con el fin de trabajar en una ocupación especializada con un grado universitario o el equivalente en experiencia requerida.
  • El beneficiario debe poseer una oferta de trabajo proveniente de una compañía Americana calificada, para trabajar en Estados Unidos.
  • El beneficiario deberá demostrar que su empleador le pagará un "Salario pre-determinado" por su trabajo, que correspondería al mismo salario pagado en la misma área geográfica específica para este tipo de labor.
  • El beneficiario deberá poseer la respectiva experiencia para calificar para el trabajo para el cual esta aplicando.
  • El empleador deberá presentar una solicitud ante el Departamento de trabajo de los Estados Unidos(DOL)  
 

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

Esposos e hijos menores de 21 años de una persona que posea la visa H-1B, podrán solicitar una visa H-4. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, pero no podrán trabajar

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VISA L-1

TRANSFERENCIAS DE EJECUTIVOS ENTRE COMPANIAS 

Visas para gerentes y ejecutivos o personas con conocimientos especializados de compañías con sede en el extranjero los cuales son transferidos para trabajar en las subsidiarias, sucursales o filiales en los Estados Unidos.  

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD: 

  • El Beneficiario debe haber estado empleado en la compañía fuera de los estados Unidos en la categoría de Gerente, ejecutivo o como persona con especializados conocimientos, al menos por un año dentro de los tres años anteriores a la presentación de la peticion.
  • El beneficiario debera ser transferido desde la compañía en el extranjero hacia la sucursal en Estados Unidos para ocupar similar posición.

CATEGORIAS DEL BENEFICIARIO PARA APLICAR A LA VISA L-1:

1. GERENTES:

  • Maneja los asuntos referentes a la organización de la compañía.
  • Supervisa y controla el trabajo de otros supervisors, profesionales o empleados en cargo ejecutivo.
  • Posee autoridad para contratar o despedir y tomar todo tipo de desiciones con relación  a las personas que se encuentran bajo su supervisión.
  • Posee autoridad para tomar desiciones en las operaciones que día a día se manejan en el campo de la compañía que se encuentra bajo su manejo.

2.  EJECUTIVOS:

  • Posee la dirección de la compañía o la mayor parte de ella.
  • Determina las metas y directrizes de la compañía o gran parte de ellas.
  • Posee gran autoridad para en la toma de desiciones.
  • Recibe solamente ordenes directas de los altos niveles ejecutivos, directores de la organización o socios de la misma.
 

3. PERSONAS CON ESPECIALIZADO CONOCIMIENTO:

  • El termino especializado conocimiento cubre todos los conocimientos específicos que pueda tener un empleado de la compañía en lo que se refiere a los procedimientos, productos, investigaciones, equipos, técnicas y el manejo de metodos de comercialización de los productos en el exterior.
 

FAMILIARES ACOMPANAÑTES:

Esposos e hijos menores de 21 años de una persona que posea la visa L-1 serán calificables para obtener una visa L-2. Esta visa les permitirá vivir en los Estados Unidos, y el cónyuge podrá obtener un permiso de trabajo para ser empleado sin restricciones en el país.

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VISA E-1 / E-2: VISA PARA COMERCIANTES
O INVERSIONISTAS

VISA E-1: VISA PARA COMERCIANTES:

La Ley de Inmigración y Naturalización de Estados Unidos establece un estatus de visa temporales para personas de países que mantienen un tratado de comercio y navegación apropiado con los Estados Unidos o que se consideran países amparados por un tratado según las leyes de Estados Unidos. El solicitante debe venir a Estados Unidos para llevar a cabo una actividad comercial importante o para desarrollar o dirigir las operaciones de una empresa en la cual esa persona ha invertido, o está activamente en proceso de invertir, un capital importante.

REQUSITOS DE ELEGIBILIDAD: VISA PARA COMERCIANTE E-1

  • La empresa en Estados Unidos debe tener la nacionalidad de un país amparado por el tratado o por lo menos el 50% de la compañía debe pertenecer a ciudadanos del país que se encuentra bajo el tratado.
  • El solicitante debe ser ciudadano del país amparado por tratado.
  • El comercio internacional debe ser de una magnitud importante; debe existir un volumen comercial considerable y continuo.
  • El comercio debe realizarse principalmente entre Estados Unidos y el país bajo tratado, lo que significa que más del 50% del comercio internacional que tiene lugar debe ser entre Estados Unidos y el país de origen del solicitante.
  • El solicitante debe estar desempeñando un rol ejecutivo o de supervisión o debe poseer habilidades altamente especializadas esenciales para el funcionamiento de la empresa.

VISA E-2: VISA PARA INVERSIONISTAS:

El gobierno de Los Estados Unidos provee un número ilimitado de Visas de no inmigrantes para personas que desean invertir en negocios dentro del país. El interesado debe ser ciudadano de un país que tenga un tratado de Inversión con Los Estados Unidos.

REQUSITOS DE ELEGIBILIDAD: VISA PARAINVERSIONISTA E-2

  • El inversionista debe tener la nacionalidad de un país amparado por el tratado.
  • La inversión debe ser de una magnitud importante. Debe ser suficiente para asegurar la operación exitosa de la empresa. El porcentaje de la inversión para una empresa de bajo costo debe ser superior al porcentaje de inversión de una empresa de alto costo.
  • La inversión debe representar a una empresa realmente operativa. Las Inversiones especulativas o fortuitas no reúnen los requisitos.
  • La inversión no debe ser marginal. Debe generar ingresos significativamente mayores que los necesarios para sustentar al inversionista y a su familia, o debe tener un impacto económico significativo en Estados Unidos.
  • El inversionista debe poseer el control de los fondos, y la inversión debe implicar un riesgo en el sentido comercial. A los efectos de cuantificar la inversión, los préstamos adquiridos sobre la garantía de los activos de la empresa inversionista no cuentan.
  • El inversionista debe trasladarse a Estados Unidos para desarrollar y dirigir la empresa. Si los solicitantes no son los inversionistas principales, deben estar empleados como supervisores, ejecutivos o poseedores de destrezas altamente especializadas.

DURACION DE LA ESTADIA DE LA VISA E-1/ E-2

Esta visa es valida por un periodo inicial de dos a cinco años, dependiendo del tiempo que otorgue el oficial consular que evalúe la solicitud. El solicitante podrá renovar la visa indefinidamente siempre y cuando se mantengan las condiciones del negocio anteriormente descritas.

CONDICIONES ESPECIALES PARA LA VISA E-1/ E-2

Los extranjeros con visa de categoría E no necesitan mantener una residencia extranjera durante su estadía en los Estados Unidos, siempre y cuando el extranjero(a) declare que saldrá de los EE.UU. cuando el período de estadía autorizado termine, incluídas las extensiones ilimitadas.

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

Esposos e hijos menores de 21 años de una persona que posea la visa E/1 y E/2, podrán solicitar una visa E/1 o E/2. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, y segin un cambio en las regulaciones del USCIS, efectivo desde el 16 de enero de 2002, los cónyuges de E-1 y E-2 podrán trabajar sin restricciones (para lo cual deberán solicitar un permiso de trabajo) durante su estadía en el país.

Países dentro del Tratado de Comercio

Los siguientes países son elegibles para la visa E-1:

Argentina  
Australia 
Austria 
Belgium 
Bolivia 
Bosnia-Herzegovina 
Brunei 
Canada 
Colombia 
Costa Rica 
Croatia 
Denmark 
Estonia 
Ethiopia 
Finland
France 
Germany 
Greece 
Honduras 
Iran 
Ireland 
Israel 
Italy 
Japan  
Korea 
Latvia 
Liberia 
Luxembourg 
Mexico 
Netherlands 
Norway
Oman 
Pakistan 
Paraguay 
Philippines 
Slovenia 
Spain 
Surinam 
Sweden 
Switzerland 
Taiwan 
Thailand 
Togo 
Turkey 
United Kingdom 
Yugoslavia

Países dentro del Tratado de Inversión

Los siguientes países son elegibles para la visa E-2:

Argentina  
Australia 
Austria 
Bangladesh 
Belgium 
Bosnia-Herzegovina 
Bulgaria 
Cameroon 
Canada 
Chile 
Czech Republic 
Colombia 
Congo 
Costa Rica 
Grenada 
Croatia 
Egypt 
Ethiopia 
Finland 
France
Germany 
Honduras 
Iran 
Italy 
Japan  
Kazakhstan 
Korea 
Kyrgyzstan 
Liberia 
Luxembourg 
Mexico 
Moldova 
Morocco 
Netherlands 
Norway 
Oman 
Pakistan 
Panama 
Paraguay
Philippines 
Poland 
Romania 
Senegal 
Slovak Republic 
Slovenia 
Spain 
Sri Lanka 
Surinam 
Sweden 
Switzerland 
Taiwan 
Thailand 
Togo 
Tunisia 
Turkey 
United Kingdom 
Yugoslavia 
Zaire

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VISAS DE ESTUDIANTE F-1 Y M-1

Existen dos tipos de visas de estudiantes: F-1 y M-1. La visa F-1 es para estudiantes académicos que desean asistir a colegios o universidades acreditados que otorgan títulos de licenciatura, maestría o doctorado; escuelas de artes; seminarios o conservatorios; primaria o secundaria privada; preparatoria; escuela de idiomas, profesiones u otras que eduquen en una o más de estas disciplinas. La visa M-1 es para estudiantes vocacionales que desean asistir a un colegio o preparatoria que ofrece estudios técnicos o vocacionales y que otorga un título.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

  • El Beneficiario debe venir a los estados Unidos para hacer parte de un programa de estudios de tiempo completo.
  • El beneficiario deberá enrolarse en un programa que tenga un objetivo vocacional o educacional.
  • El beneficiario deberá estar aceptado en una institución aprobada por el Servicio de Ciudadanía y Migración de los Estados Unidos (USCIS siglas en inglés),
  • Cumplir con el nivel de Inglés requerido por la institución académica. Si el solicitante no satisface este requisito, deberá demostrar que la escuela esta enterada y que proveerá un curso de Ingles previo al inicio de su programa.
  • Comprobar suficientes fondos económicos para cubrir, principalmente, los gastos del primer año de estudio y solvencia económica para años posteriores presentando estados de cuenta u otros documentos financieros
  • Tener lazos fuertes familiares, sociales y/o económicos fuera de los Estados Unidos, así como el compromiso de regresar a su último país de residencia al concluir el programa de estudio

PERMISO PARA TRABAJAR:

Bajo circunstancias limitadas, los estudiantes pueden solicitar permiso para trabajar dentro o fuera de la institución.

VISA F-1: Puede trabajar legalmente medio tiempo dentro de área de la institución educativa; además puede pedir un permiso especial para trabajar fuera del área educativa si es económicamente necesario o si el trabajo provee entrenamiento practico en su área de estudio.

VISA M-1: Puede obtener permiso para trabajar hasta seis meses después de que finalice sus estudios; El trabajo deberá considerarse como un entrenamiento practico en su área de estudio.

FAMILIARES ACOMPANAÑTES:

Esposos e hijos menores de 21 años de una persona que posea la visa F-1 O M-1 serán calificables para obtener una visa F-2 O M-2. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, pero no podrán trabajar.

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J-1 (VISAS DE INTERCAMBIO)

El gobierno de los Estados Unidos emite visas J-1 a individuos quienes toman parte en un gran rango de programas de intercambio para visitantes patrocinados por escuelas, negocios, y una variedad de organizaciones e instituciones. Estos programas son previstos para aprendices de negocios e industria, estudiantes, visitantes internacionales, maestros, asistentes de investigación y en misiones culturales. Adicionalmente, hay muchos programas de intercambio para gente joven, incluyendo programas de empleo de verano, programas de puestos internos para estudiantes universitarios, y programas niñeras.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

  • El beneficiario debe venir a los Estados Unidos, para trabajar, estudiar, enseñar, entrenar u observar la cultura estadounidense en un especifico programa de visitante de intercambio aprobado por el DOS (United Stated Department of State)
  • El beneficiario deberá haber sido aceptado dentro del programa de intercambio
  • El beneficiario deberá poseer el dinero suficiente para cubrir sus gastos mientras dure su estadía en USA.
  • El beneficiario deberá tener suficiente conocimiento del ingles, permitiéndole participar efectivamente en el programa de intercambio de visitante que ha escogido
  • El beneficiario deberá tener la intención de regresar a su país de origen cuando su estatus expire.

APLICACION PARA OBTENER LA “GREEN CARD” BAJO LA VISA J-1:

Uno de los más importantes y estrictos requerimientos para aplicar por la residencia permanente bajo el estatus de la visa J-1 es que la mayoría de este tipo de visas están aprobadas bajo el supuesto de que la persona una vez expirado el estatus de la visa J-1 retornara a su país y deberá esperar por lo menos dos anos antes de ser elegible para aplicar por la Residencia Permanente “Green Card”

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

El cónyuge y los hijos solteros, menores de 21 años de una persona que posea la visa J-1, podrán solicitar una visa J-2. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, pero no podrán trabajar.

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VISA K1/K3 (PROMETIDOS, ESPOSOS)

La visa clasificada como visa de no-inmigrante K-1, permite la entrada al país a prometidos(as) de ciudadanos americanos por un periodo de noventa (90) días con el propósito de contraer matrimonio y emitir una petición para obtener la residencia.

La visa K-1 no es renovable y no puede ser extendida.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

  • El peticionario de esta visa debe ser ciudadano americano.
  • Ambos miembros de la pareja deben estar legalmente habilitados para contraer matrimonio
  • Las partes están dispuestas a casarse dentro de los primeros 90 días de la llegada del prometido/a
  • La pareja deberá haberse visto y tenido contacto al menos durante los últimos dos anos previos a la presentación de la petición; este requisito puede ser omitido “si el cumplimiento del requisito podría resultar en dificultades extremas para el solicitante o violaría estrictas costumbres o practicas sociales establecidas dentro de la cultura del beneficiario extranjero.” 8C.F.R.& 214.2 (k)(2)

BENEFICIOS QUE OTORGA LA VISA K-1:

El/la prometida bajo la visa K-1 esta autorizado/a para obtener permiso de trabajo durante el periodo de los 90 días antes del matrimonio. Una vez casado con el ciudadano americano(a) dentro de 90 dias de la entrada, el prometido(a) de la Visa K-1 puede aplicar para el Ajuste de Estatus a Residente Permanente.

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

Los hijos solteros, menores de 21 años de una persona que posea la visa K-1, podrán solicitar una visa k-2, siempre y cuando hayan estado mencionados dentro de la peticion inicial

VISA K-3 (ESPOSO/A DE CIUDADANO AMERICANO)

Esta visa es para los esposos (as) de ciudadanos norteamericanos. Un extranjero casado con un ciudadano norteamericano puede ser solicitado para que llegue a los Estados Unidos con una visa “K-3” y una vez aquí, hacer su aplicación a la residencia permanente evitando así los largos tiempos de espera en los consulados americanos. Esta visa otorga al esposo(a) del ciudadano Americano la capacidad de trabajar legalmente obteniendo un permiso de trabajo y también otorga el derecho de entrar a los E.U. bajo el mismo estatus si se viaja al extranjero

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

Los hijos menores de 21 años del esposo(a) del ciudadano Americano podrían recibir una visa K-4 de acompañante que les permitirá entrar a los Estados Unidos legalmente con los mismos derechos del padre.

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R-1: VISAS RELIGIOSAS.

Este tipo de Visas esta disponible para miembros del clero y trabajadores religiosos, que pertenecen a una organización religiosa legítima

  • Tiempo Inicial de Estadía: Tres años
  • Renovaciones: Por periodos de dos años.
  • Tiempo máximo de estadía: Cinco años.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

  • Debe probar que ha sido miembro activo de una organización religiosa legítima por lo menos dos años.
  • Debe probar que tiene una oferta de trabajo por parte de una filial en los Estados unidos de la organización religiosa para la cual trabaja.

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

Familiares de una persona que posea la visa R-1, podrán solicitar una visa R-4. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, pero no podrán trabajar.

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VISA O-1 (VISA DE TRABAJO PARA PERSONAS CON HABILIDADES O LOGROS EXTRAORDINARIOS)

La visa O se clasifica en dos categorías:

VISA O-1: Están destinadas a individuos que han demostrado tener capacidades excepcionales en las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el atletismo, y por lo cual han sido aclamados nacional e internacionalmente. Las personas con logros extraordinarios en la industria del cine y/o televisión pueden también solicitar la visa O-1, en la medida que el trabajo que hayan realizado se encuentre en un área de logros extraordinarios.

Esta visa se otorga por un periodo de hasta (3) años.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD: Para calificar como persona con capacidades excepcionales, el individuo tendrá que demostrar haber recibido un premio importante de reconocimiento internacional (PREMIO NOBEL) o al menos (3) de los reconocimientos siguientes:

  • Recibo de premios de reconocimiento nacional a la excelencia en su campo.
  • Pertenecer a asociaciones en su campo que exijan a sus miembros logros sobresalientes, a juicio de reconocidos expertos en el área.
  • Material publicado sobre el individuo y su obra en publicaciones profesionales o publicaciones comerciales importantes
  • Haber participado individualmente, o en panel, como critico de la obra de otros en el campo.
  • Autoría de artículos académicos en su campo, publicados en revistas profesionales u otros medios importantes.
  • Haber realizado alguna contribución científica que haya tenido un grado de significancia en el área de su profesión
  • Haber sido empleado como un individuo cuya capacidad haya sido crucial o esencial para organizaciones o establecimientos de distinguido reconocimiento.
  • Haber percibido o estar percibiendo un salario alto, u otras compensaciones por este servicio.

VISAS O-2: Esta destinada para aquellos individuos que desempeñan un trabajo esencial de soporte a los portadores de la visa O-1 en la categoría de atletas y personajes del entretenimiento. Las visas O-2 no estan disponibles para las areas de la ciencia, negocios y educación y la relación entre el portador de la visa O-1 y la visa O-2 debe haber existido por un periodo prolongado.

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:

El cónyuge y los hijos solteros, menores de 21 años de una persona que posea la visa O-1 y O-2, podrán solicitar una visa O-3. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, pero no podrán trabajar.

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VISAS P-1: VISAS PARA RECONOCIDOS ATLETAS Y GRUPOS DE ENTRETENIMIENTO 

Este tipo de visas esta disponible para atletas o grupo de atletas que hayan tenido un reconocimiento internacional por un largo y continuo periodo de tiempo. De la misma manera este tipo de visa cubre a los grupos de entretenimiento que hayan sido reconocidad nacionalmente por un largo y continuo periodo de tiempo.

  • Tiempo inicial de estadía: atletas individuales hasta cinco años. Grupos de atletas y de entretenimiento, un año.
  • Renovaciones: atletas individuales, período de hasta cinco años. Grupos de atletas y de entretenimiento, un año.
  • Tiempo máximo de estadía: atletas individuales, 10 años. Grupos de atletas y de entretenimiento, sin límite máximo de estadía al momento. 

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

Para calificar dentro de la categoría P-1 Atletas , el individuo o el grupo de atletas interesados deberán además de tener un reconocimiento internacional en el deporte , evidencia de un contrato con una liga deportiva Americana o un evento de deportes a nivel internacional y al menos cumplir con dos de los requisitos siguientes: 

A. ATLETAS:

  • Prueba de que la persona o el grupo de personas deportistas haya tenido una previa y significante participación en un torneo de la ligas mayores en el deporte en Estados Unidos Prueba de la participación en una competencia internacional con el equipo nacional
  • Prueba de que la persona o el grupo de personas deportistas haya tenido una previa y significante participación en un torneo de la ligas colegiales en el deporte en Estados Unidos.
  • Documento escrito por parte de un oficial de las ligas mayores del deporte en estados unidos, explicando de forma detallada el reconocimiento internacional del equipo.
  • Prueba de que el grupo de deportistas ha recibido un importante premio en el deporte.

B. GRUPOS DE ENTRETENIMIENTO:

  • Prueba de que el grupo de entretenimiento ha estado actuando regularmente por lo menos durante un ano.
  • Un complete listado de cada uno de los miembros del grupo y las fechas exactas en las que regularmente han sido empleados.
  • Prueba de que el grupo ha sido nominado para premios de reconocimiento internacional

FAMILIARES ACOMPAÑANTES:  

Esposos e hijos menores de 21 años de una persona que posea la visa  P-1, podrán solicitar una visa P-4. Ellos podrán permanecer dentro de los Estados Unidos, pero no podrán trabajar.

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Esta información no constituye asesoramiento legal alguno. Por esta razón se le aconseja al lector que consulte con un abogado antes de iniciar cualquier tipo de trámite para visitar o emigrar hacia EEUU.
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